Sanción de la 1° Constitución de la provincia

15 de Julio de 1856

En cumplimiento del artículo 5° de la Constitución Nacional jurada en el año 1853, que señala que las provincias debían dictar para sí su propia constitución, bajo el sistema representativo, republicano y federal. Esta Constitución fue jurada en acto público por toda nuestra provincia el 25 de mayo de 1857. Las elecciones se realizaron en noviembre de ese año y fue elegido gobernador don Juan Francisco Borges, hijo del teniente coronel del mismo nombre que fuera fusilado el 1° de Enero de 1817.

De esa manera don Juan Francisco Borges se constituyó para la historia de nuestra provincia en el primer gobernador constitucional que tuvimos. Y también de esa forma, como una coincidencia del destino, resultaba electo gobernador, el hijo del precursor del federalismo en nuestra provincia. (Mario Alejandro Castro)

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